domingo, 11 de septiembre de 2011

¿En qué se diferencian ASNEF, RAI y CIRBE?


Las principales diferencias son:
  •  Riesgo total frente a morosidad
Tanto la ASNEF (Asociación Nacional de Entidades de Financiación) y el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas) son registros de morosos, con algunas diferencias que ahora veremos, mientras que la CIRBE (La Central de Información de Riesgos del Banco de España) es una base de datos en la que constan los préstamos, créditos, avales, y riesgos en general que las entidades financieras tienen con sus clientes, estén o no impagados.
  • · Obligatoriedad: 
Las entidades financieras están obligadas a enviar a la Central de Información de Riesgos (CIRBE) información sobre los riesgos vivos que cada una mantiene y con quién. El objetivo de la Central de Información de Riesgos (CIR) es facilitar a las entidades datos necesarios para su actividad, y permitir al Banco de España el adecuado ejercicio de sus competencias y en particular las de supervisión e inspección de las entidades de crédito.
No existe obligatoriedad por parte de las entidades u otros organismos a informar en el caso de la ASNEF y el RAI
Si nos centramos en las 2 primeras (ASNEF y RAI), que como decíamos son los registros de morosidad, sus principales diferencias son:
  • Afectación  
En el RAI únicamente aparecen personas jurídicas (empresas) mientras que la ASNEF aparece la información tanto de personas físicas como jurídicas (empresas y particulares)
  
  • Importe mínimo y origen de la deuda  
El RAI recoge la información relativa a aquellos impagados por importe mayor o igual a 300,5€, derivados de documentos en los que conste la firma del deudor reconociendo la deuda, sean de uso legal en el sistema bancario y tengan fuerza ejecutiva. En el caso del ASNEF también los recibos (aceptados o no) por mínima que sea la cantidad así como las facturas recurrentes (por ejemplo la factura del móvil, un seguro, etc)

  •  Origen de la información 
La ASNEF cuenta con la práctica totalidad de las entidades de crédito especializadas y con un gran número de compañías, tanto de carácter crediticio como pertenecientes a otros sectores de actividad sobre todo aquellas que ofrecen crédito al consumo, mientras que el RAI está mantenido únicamente por el Centro de Cooperación Interbancaria (formado en la acutalidad por bancos, compañía de crédito oficial, cajas de ahorros y préstamos y otras compañías de crédito), pudiendo estas empresas asociadas consultar y aportar los datos de sus impagados.
  • Permanencia
En la ASNEF solo se podrán registrar datos que se refieran a un periodo inferior a seis años mientras que el plazo de permanencia actualmente en el RAI es de 30 meses
Clara Vega
www.temporaconsultores.com

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